FACTURACIÓN INSTANTANEA | MITOS Y REALIDADES
“LA VERDAD DE LO QUE SABEMOS HASTA EL DÍA DE HOY POR LO QUE HAN DICHO LAS AUTORIDADES AL RESPECTO”.
Ha estado circulando recientemente en redes sociales el nacimiento de la nueva “facturación instantánea”, la cual básicamente será un método de emisión de CFDI (Factura electrónica) por parte del proveedor del bien o de servicios hacia sus clientes, pero la particularidad que este nuevo esquema tiene es que dicha emisión será en el momento en que los usuarios de las tarjetas bancarias utilicen las denominadas terminales de punto de venta para pagar dichos bienes o servicios.
Existen diversos mitos, entre ellos, de que dicha facturación será automática hacia el RFC de quién pagó con su tarjeta pero la realidad es que es OPCIONAL previa configuración bancaria de la terminal punto de venta y del chip de la tarjeta de quien paga. Es decir, si la persona desea que se le facture automáticamente, deberá ir a su banco para incorporar su RFC al chip y la terminal punto de venta (al pagar) preguntará si deseas O NO la factura.
En caso de que pagues con tu tarjeta vinculada a tu RFC y deseas que la factura sea emitida para alguien más (en el caso de viáticos, pagos por cuenta de terceros) se deberá informar al comercio que no desean factura instantánea y se solicitará la factura por método tradicional al RFC deseado.
En caso de que por error hayan solicitado factura instantánea, se deberá solicitar la cancelación al proveedor, al igual que se ha realizado hasta ahora con el método tradicional, y solicitar la re facturación correcta.
Principales ideas
- Se anunció convenio entre la ASOCIACION DE BANCOS DE MEXICO y SAT, el pasado 19 de noviembre del presente año.
- NO HAY LEY O REGLAS DE CARÁCTER GENERAL por parte del SAT al momento, pero se estima que para 2020 podrán emitirse.
- En RESUMEN, el RFC se asociará con las TARJETAS BANCARIAS de manera voluntaria.
- En principio esto es una MEDIDA DE SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA, ya que el contribuyente podrá tener la certeza de que se generó la factura y el prestador del servicio o comerciante no perdería tiempo en solicitar datos y emitir facturas individualmente.
- Esta medida es voluntaria y los tarjetahabientes tendrán que acudir a su Banco para que se asocie su RFC con la tarjeta. (Ver requisitos con su banco, ya que no todos los bancos decidirán adherirse a la facilidad)
- Se plantea que durante los primeros 4 meses del 2020 se deberán reprogramar las terminales punto de venta activas en el país.
- La emisión de las facturas NO será en todos los casos, ya que el usuario podrá al momento de pasar la tarjeta decidir si facturar o no facturar, POR LO QUE ESTA MEDIDA ADMINISTRATIVA NO DEBE TENER NINGUN SOLO EFECTO NEGATIVO, ya que será decisión del usuario si adherirse o no.
Lo que las autoridades han comentado.
También dijo, como consejo y facilidad, que en caso de requerir CFDI para la comprobación de VIATICOS o CONSUMOS DE GASOLINA se podrá utilizar una tarjeta bancaria adicional a nombre del contribuyente para simplificar y asegurar la facturación de dichos gastos. Se le puede entregar una tarjeta adicional a dichas personas o bien, que NO solicite facturación instantánea al momento de pagar con su tarjeta personal, en su caso de que tenga sus tarjetas ligadas a su RFC, y solicite la factura por método tradicional al RFC deseado.
Posibles medidas de fiscalización y complejidades:
- También se entiende que buscarían fiscalizar a negocios informales que cobren a través de terminales punto de venta.
- Se volvería un poco complicado el “pago por cuenta de terceros”, ya que actualmente se da en la práctica que una persona física que, por ejemplo, es socio de una empresa puede realizar pagos con su tarjeta personal a cuenta de la empresa, por lo que las empresas tendrán que empezar a solicitar plásticos a sus bancos para entregarlas a quienes efectúen gastos a cuenta de ellos o bien, que dichas personas pagadoras, soliciten la factura por método tradicional al RFC deseado. En caso de que por error se facture a un RFC incorrecto, se puede solicitar cancelación al proveedor de forma tradicional y pedir la re facturación.
- Se pudiera dar casos en que sea requisito para comerciantes y prestadores de servicios, que para obtener una terminal punto de venta, se requiera estar dado de alta forzosamente como contribuyente (No oficial).
Conclusión
Es una facilidad para aquellos que desean obtener una factura automática y ahorrar tiempo recabando facturas por internet o batallar con tediosos métodos de facturación por parte del proveedor. No es obligatorio, es opcional para aquellos que deseen la facilidad anteriormente mencionada. El banco y el SAT, actualmente, ya saben los gastos
que realiza cada quien, tales como pagos de tarjetas de crédito, en qué gastan, cuántos ingresos tienen en sus cuentas bancarias sin declarar, vuelos, autos a su nombre, terrenos, casas, entre otras. No es necesario, para ellos, saber cuántos pagos realizan con sus tarjetas personales por medio de facturas instantáneas para poder fiscalizarlos.
Recursos: Videochat – Servicio de Administración Tributaria.
https://www.youtube.com/watch?v=HUzfQb8JYew
Atentamente,
Práctica Legal y Fiscal, S.C.