PRODECON desmiente falsa información con relación a los depósitos de 5 mil pesos.
Desde principios de este año 2020, ha estado circulando información falsa referente a una supuesta fiscalización para quienes recibieran más de $ 5,000.00 pesos al mes en sus cuentas bancarias, por lo que la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), advierte que esta información es falsa y solo generó inquietudes a los contribuyentes sin ninguna base legal.
Esta información falsa, por medio de videos y notas, aseguraba lo siguiente:
- A partir del 1 de junio las personas que reciban depósitos arriba de los $ 5,000.00, deberán declarar ante hacienda.
- Cualquier persona que recibe dinero a través de cuentas bancarizadas o depósitos bancarios a dos tarjetas de crédito débito, porque si superan un cierto monto como deposito en esas cuentas van a tener que declarar fiscalmente.
Esta información no es correcta de acuerdo con Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) ya que reitero que no hay alguna reforma fiscal que se hubiese aprobado sobre este tema.
La única reforma para el 1 junio son las relativas al pago de ISR e IVA por enajenación de bienes o prestación de servicios a través de plataformas digitales.
Conclusión: Por un lado, las notas y vídeos que circulan por internet son falsas pero el SAT si podrá cobrar impuestos por ingresos no comprobados ni declarados en cuentas bancarias, pagos a tarjetas de crédito bancarias o departamentales, adquisición de bienes como terrenos, casas, vehículos, construcción, entre otros, por la simple lógica de que si una persona puede gastar y comprar bienes o adquirir servicios es porque tiene ingresos y estos deben estar declarados sin importar que provengan de préstamos, herencias, legados, caso contrario, el SAT fiscalizará estos ingresos.
Lo anterior de acuerdo con el artículo 91 de la ley ISR que establece: Las personas físicas podrán ser objeto del procedimiento de discrepancia fiscal cuando se compruebe que el monto de las erogaciones en un año de calendario sea superior a los ingresos declarados por el contribuyente, o bien a los que le hubiere correspondido declarar.
Atentamente.
Práctica Legal y Fiscal.