Prórroga de carta porte con todos los requisitos hasta julio 2023.
“…se entiende que cumplen con lo dispuesto en las disposiciones fiscales, aquellos contribuyentes que expidan el CFDI con complemento Carta Porte hasta el 31 de julio de 2023 y este no cuente con la totalidad de los requisitos…”
Es decir, no habrá multas si estás carta porte no cumplen con la totalidad de los requisitos. Pero si debe expedirse.
Fuente: https://www.sat.gob.mx/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1461175226127&ssbinary=true&
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