SAT extiende plazos para la presentación de declaración de personas físicas.
El SAT ha decidido extender el plazo para realizar la declaración anual de personas físicas hasta el día 30 de junio de 2020. Esto ha sido anunciado a través del comunicado de prensa 012/2020 emitido por el SAT.
El SAT había habilitado la página web SAT-ID (satid.sat.gob.mx) como una herramienta tecnológica para que las y los contribuyentes generen o actualicen su contraseña desde casa y facilitar la presentación de la declaración de personas físicas durante el mes de abril.
A pesar de que el SAT cuenta con la mayor capacidad tecnológica instalada a diferencia de cualquier otra dependencia del gobierno federal, ya que es la institución que realiza más transacciones a nivel nacional, reconocen que la alta demanda para generar o actualizar la contraseña rebasó sus sistemas, e informan que la página SAT-ID se encuentra en proceso de mejora continua para resolver las situaciones técnicas que se han reportado.
Por lo anterior y atendiendo a las situaciones que se presentan, con el fin de facilitar la recaudación y promover que los trámites se realicen desde casa preferentemente, han tomado la decisión de extender el plazo para realizar la declaración de personas físicas hasta el día 30 de junio de 2020.
Además, resaltan que al 21 de abril del 2020 se han presentado 4’252,450 declaraciones de personas físicas, lo cual representa un incremento de 32% en contraste con el año pasado.
Culminan el comunicado con el siguiente mensaje
“Agradecemos de antemano la contribución de las personas físicas y su interés por cumplir con sus obligaciones. Su granito de arena permite que la recaudación para el gasto público no se frene y se luche día a día para que los embates de la epidemia sean los menores posibles”.
En conclusión, se otorga esta extensión al plazo para todas aquellas personas físicas, que aún no hayan presentado su declaración anual, dando un beneficio económico para quienes les resulte cantidad a cargo en su declaración, dándoles 60 días adicionales de diferimiento.
Atentamente.
Práctica Legal y Fiscal.